Contrato de prestación del servicio

Modelo transparente para definir el encargo de cada cliente antes de pagar o entregar documentos.

BORRADOR 0.922 DE SEPTIEMBRE DE 2026NO CONTRATABLE AÚN
Documento no ejecutable. Faltan la identificación y domicilio completos de Wiston, los datos del cliente, el caso, el precio, los impuestos, los plazos y la política comercial definitiva. No existe mecanismo para aceptarlo ni pagarlo en esta versión.

1. Partes y anexos

El contrato definitivo identificará a Wiston Amet Figueroa, o a la persona jurídica que él constituya, como prestador; y al solicitante como cliente. Formarán parte del contrato el resumen de compra, alcance del caso, propuesta económica, política de datos, reglas de pagos y mandato cuando corresponda.

2. Objeto

El prestador realizará exclusivamente las actividades seleccionadas y descritas en el resumen del caso: precalificación, lista de requisitos, revisión de completitud, preparación de información, radicación autorizada ante la UPME, respuesta a requerimientos dentro del alcance y seguimiento hasta la decisión o cierre administrativo.

El encargo es de medio y no de resultado. No comprende decidir, certificar, aplicar beneficios ante la DIAN, emitir conceptos tributarios, contables o jurídicos especializados ni representar al cliente en actuaciones distintas, salvo anexo expreso firmado.

3. Condiciones para iniciar

  • Identificación y capacidad de las partes verificadas.
  • Alcance, precio total, impuestos y plazo aceptados.
  • Autorización de datos y mandato separados cuando correspondan.
  • Pago privado confirmado según la modalidad pactada.
  • Documentos mínimos entregados por canal seguro.

El cliente decidirá si solicita el inicio antes de vencer el plazo legal de retracto mediante una manifestación separada; esa elección no se presumirá.

4. Obligaciones del prestador

  • Actuar con diligencia, buena fe, trazabilidad y dentro del mandato.
  • Informar faltantes, riesgos conocidos y requerimientos de la autoridad.
  • Distinguir honorarios propios de tarifas o pagos oficiales.
  • Proteger información, limitar accesos y entregar copia del expediente.
  • Expedir la factura o documento correspondiente y atender PQR.

5. Obligaciones del cliente

  • Entregar información auténtica, completa y oportuna.
  • Revisar y aprobar el contenido antes de la radicación.
  • Pagar los honorarios y, directamente por el mecanismo oficial, las tarifas de la UPME.
  • Responder requerimientos y comunicar cambios relevantes.
  • No suministrar claves, tarjetas ni documentos por canales no autorizados.

6. Precio, pagos y facturación

El contrato definitivo indicará valor en pesos colombianos, impuestos incluidos o discriminados, forma de cobro, hitos, gastos autorizados y tratamiento de costos oficiales. El comercio y la cuenta receptora estarán a nombre del prestador identificado. El comprobante del procesador de pagos no sustituye la factura exigible.

7. Plazos y autoridad

El cronograma separará tiempos de trabajo del prestador y tiempos estimados de la UPME. Suspensiones por faltantes del cliente o requerimientos se registrarán. No se prometerá una fecha de decisión que dependa de la autoridad.

8. No garantía y alcance tributario

La UPME decide la certificación. Obtenerla no equivale a aplicar automáticamente el incentivo ante la DIAN. El cliente deberá validar con su asesor tributario el cumplimiento de requisitos y el uso del beneficio; ese servicio solo se incluirá si se contrata expresamente con un profesional competente.

9. Datos, confidencialidad y seguridad

El tratamiento se limitará a las finalidades autorizadas y a las obligaciones legales. Los documentos se clasificarán como confidenciales, se conservarán por el plazo definido y se devolverán o eliminarán de forma segura. Las obligaciones continúan después de finalizar el contrato.

10. Cancelación, retracto y terminación

Se aplicarán los derechos del consumidor y la política publicada. El contrato podrá terminar por acuerdo, cumplimiento, imposibilidad sobrevenida, incumplimiento subsanado o no subsanado, falta de colaboración o mandato revocado. El cierre incluirá estado del expediente, saldos, devolución o conservación legal de datos y accesos revocados.

11. PQR, comunicaciones y solución de controversias

Las comunicaciones contractuales quedarán en un medio durable. El portal generará radicado para PQR. La negociación directa no limitará el acceso del consumidor a la SIC, jueces u otras autoridades competentes.

12. Aceptación electrónica

La versión final podrá aceptarse por mensaje de datos siempre que el cliente pueda leer, descargar, corregir y conservar el texto. Se registrarán identidad, fecha, hora, dirección técnica, versión y acción afirmativa, de acuerdo con la Ley 527 de 1999 y las reglas de protección al consumidor.

Fuentes oficiales principales